Informamos que ha sido publicada la Resolución de 22 de enero de 2019, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.
En su virtud ha sido derogado el Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 304, de 18 de diciembre de 2018.
En su consecuencia, esta derogación del Real decreto ley 21/2018 comporta las siguientes consecuencias más relevantes:
1º Los contratos de arrendamiento firmados durante la vigencia del mismo tendrán una duración mínima de cinco años.
2º Los contratos de arrendamiento firmados a partir del 24 de enero de 2019 se regirán por la normativa vigente anterior a la reforma de real decreto ley derogada, siendo sus consecuencias más relevantes la vuelta a la duración mínima de tres años y la no limitación de garantías adicionales.
3º Desde el 24 de enero de 2019 los contratos de arrendamiento de vivienda sujetos a la LAU volverán a estar sujetos al ITP y AJD, dada la derogación de la norma que los declaraba exentos.